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A pesar de que no es una medida nueva, desde que arrancó este 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá en la mira a todos los mexicanos que excedan sus gastos realizados con sus tarjetas de crédito y que no correspondan a sus ingresos declarados, con la finalidad de evitar la evasión fiscal e incrementar la recaudación que percibe el estado de los contribuyentes.

Y en esta medida no solo entran los ciudadanos que declaran sus impuestos, sino todo aquel que utilice dinero plástico, como amas de casa, estudiantes y ciudadanos que se encuentran en la economía informal, ya que si bien no tienen un salario fijo, suelen ser titulares de una tarjeta bancaria; el dinero que estos gastan se considera como una “discrepancia fiscal”, pues no están dados de alta ante el SAT, por lo que será necesario que se aclare de dónde proceden los recursos que ellos erogan.

El artículo 91 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), establece que las personas físicas podrán ser objeto del procedimiento de “discrepancia fiscal” cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario sea superior a los ingresos declarados por el contribuyente, o bien a los que le hubiere correspondido declarar.

Para tal efecto, también se considerarán erogaciones efectuadas por cualquier persona física, las consistentes en gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.

Las erogaciones referidas se presumirán ingresos, cuando se trate de personas físicas que no estén inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien, que estándolo, no presenten las declaraciones a las que están obligadas, o que aun presentándolas, declaren ingresos menores a las erogaciones referidas.

Es decir, si una persona percibe al año 120 mil pesos y paga a sus tarjetas 200 mil, en el mismo periodo, sería sujeta a investigación.

Cómo se conocerán nuestros gastos

Para conocer el monto de las erogaciones, las autoridades fiscales podrán utilizar cualquier información que obre en su poder, ya sea porque conste en sus expedientes, documentos o bases de datos, o porque haya sido proporcionada por un tercero u otra autoridad.

Lo que quiere decir, que el SAT tiene la facultad de solicitar a los diferentes bancos, un reporte que deberá generarse hacia el final de cada año, donde se indique a detalle la cantidad total de dinero que cada persona pagó a sus tarjetas de crédito a lo largo del año.

Todo ello con el objetivo de comparar dicho reporte, con el listado que SAT tiene en su base de datos, en el que lleva el registro de todos los contribuyentes que han realizado debidamente su declaración tributaria, así como la cantidad de dinero que cada contribuyente haya indicado como ingreso.

Este análisis también podrá ser aplicado a toda persona que tenga tarjetas de crédito y que no haya realizado su declaración de impuestos como corresponde, así como también a las personas que no estén dadas de alta ante SAT.

De encontrarse una discrepancia fiscal, con base al artículo 91 del ISR las autoridades procederán como sigue:

  1. Notificarán al contribuyente, el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.
  2. Notificado el oficio a que se refiere la fracción anterior, el contribuyente contará con un plazo de veinte días para informar por escrito a las autoridades fiscales, contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación, el origen o fuente de procedencia de los recursos con que efectuó las erogaciones detectadas y ofrecerá, en su caso, las pruebas que estime idóneas para acreditar que los recursos no constituyen ingresos gravados en los términos del presente Título.

III.          Acreditada la discrepancia, ésta se presumirá ingreso gravado y se formulará la liquidación respectiva, considerándose como ingresos omitidos el monto de las erogaciones no aclaradas y aplicándose la tarifa prevista en el artículo 152 de esta Ley, al resultado así obtenido.

Se tienen que explicar discrepancias

En declaraciones a la prensa, el contador público, Javier Chávez Borrego, señaló que los contribuyentes tendrán que explicar discrepancias, si se ganan 100 pesos, pero gastas 150, tienes que comprobar de donde salieron los otros 50 pesos.

El especialista indicó que estas medias no son nuevas, pero sí serán observadas por el SAT con puntualidad.

Ejemplificó que sí alguien compra un automóvil, se tiene que comprobar al SAT cómo se pagó, esa información la solicitaría la autoridad a la empresa distribuidora, ahí se revisa sí el contribuyente tiene la solvencia financiera para la adquisición, de tener un préstamo se comprueba también, para evitar la discrepancia.

Chávez Borrego dijo que actualmente en el sistema financiero no existe la posibilidad de que tengas una cuenta, sin que este fiscalizada, van desde las cuentas de ahorros, una cuenta de cheques, etcétera. Es una cuenta que es fiscalizable.

Por su parte, Luis Casarín López, de aequitas Consultoría, explicó concisamente que la discrepancia fiscal es cuando tus gastos son distintos a tus ingresos declarados, esta es un forma en que la autoridad se puede dar cuenta que estas evadiendo impuestos.

Sin embargo, señaló que esta no es una medida nueva y está vigente desde hace varios años. Consideró que esta información se ha magnificado en los últimos meses, ya que en México existe una cultura de no pagar impuestos y con el “susto” que se ha propagado en los medios de comunicación, la ciudadanía está empezando a reflexionar sobre la importancia de pagarlos.

Dependientes económicos

En el caso de personas que suelen vivir del apoyo económico de sus parejas, hijos u otros miembros de su familia, y que realizan pagos a sus tarjetas de crédito, será necesario aclarar su debida procedencia.

Por esta razón es sumamente importante tener cuidado en el manejo de las tarjetas de crédito, en especial si se tiende a prestar la línea de crédito bancaria o departamental a familiares o a algún amigo, ya que aunque ellos realizan el pago de la tarjeta, para el SAT, este dinero siempre contará como si fueran tus ingresos.

El SAT y la Banca ponen en marcha la Facturación Instantánea

Con el objetivo de beneficiar a los contribuyentes cumplidos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en colaboración con la Asociación de Bancos de México (ABM), en noviembre pasado se puso en marcha la facturación instantánea con la que se podrán generar desde el primer minuto del 2020, las facturas al momento de pagar con tarjeta bancaria en una Terminal Punto de Venta.

Para lo anterior, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) se asociará con la tarjeta bancaria para integrar el proceso de pago con el de facturación, logrando que los contribuyentes obtengan una factura fácil sin que esto represente una carga administrativa y económica.

El contribuyente podrá tener la certeza de que se generó la factura, simplemente con leer el código QR que se imprimirá en el comprobante y no tendrá que dar ningún dato adicional para obtener su factura.

Los mitos de la facturación instantánea

Pese a que el SAT ha manifestado que no es una medida para incrementar la focalización de los evasores, contribuyentes y empresarios todavía temen que este procedimiento pueda usarse para determinar una discrepancia fiscal.

Aunque el SAT ha contado con la facultad de revisar la información de los contribuyentes desde hace mucho tiempo, con la factura instantánea tendrán acceso inmediato a la información de los contribuyentes.

De acuerdo con los especialistas Jorge Alberto Méndez y Juan Antonio Velásquez, el SAT tendrá los datos necesarios para determinar una discrepancia fiscal automáticamente.

En suma, “el que nada debe nada tema”. Los contribuyentes tendrán que declarar todo lo que gastaron y deberá de coincidir con lo que tienen de ingresos, de lo contrario entrarían en una discrepancia fiscal, de esa se tendría que pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR), y con ello las multas y recargos establecidos en la normativa.

SEP y SAT promoverán el civismo fiscal

La Secretaría de Educación Pública (SEP) firmó un convenio de colaboración con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el objetivo llevar a cabo acciones conjuntas que permitan promover y difundir el civismo fiscal, la cultura contributiva y la formalidad para beneficio del país.

Para llevar a cabo esta encomienda, se elaborarán materiales didácticos y contenidos para difusión en instituciones educativas, programas de televisión, radio y plataformas digitales de la SEP. Asimismo, se desarrollarán estrategias en coordinación con distintas áreas o entidades que inciden en la formación y actualización docente.

A través del proceso de enseñanza- aprendizaje, se pretende priorizar en las niñas, niños, jóvenes y adultos de los diferentes niveles educativos, una conciencia social que desarrolle la participación hacia el desarrollo económico nacional, mediante el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones fiscales.

La titular del SAT, Margarita Ríos Farjat expresó que las acciones derivadas de este convenio servirán para rescatar la honestidad, la justicia y la libertad, valores que deben ser inculcados desde la niñez y que permitirán que se conforme una justicia tributaria.

Recalcó que trabajar de la mano con la SEP es importante porque los ciudadanos deben conocer qué es, para qué sirve y en qué los beneficia la tarea que realiza el SAT y qué mejor manera de hacerlo que a través de una pedagogía que enseñe a la niñez a ser éticos, libres y responsables para que México crezca por nosotros y no a costa nuestra.

La titular del SAT también comentó que, con la suscripción de este acuerdo, se va a generar una cultura contributiva, y una idea de cómo participar de manera responsable, justa y amable, siempre teniendo en cuenta que es en beneficio del país.

Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública, resaltó que además de los derechos, también se debe educar en función de las obligaciones, por lo que las niñas y los niños también deben saber que es su responsabilidad cumplir con sus obligaciones, que son socialmente pactadas y no impuestas.

Comentó que el convenio puede ser el punto de partida para iniciar la nueva época en la formación ciudadana y que, desde la más temprana edad, las niñas y los niños tomen conciencia de que el desarrollo individual no está completo sin el desarrollo colectivo.

Moctezuma Barragán aseguró que, con la firma del convenio, la SEP contribuirá a la cultura del respeto, a una cultura de la contribución, y a lograr la Cuarta Transformación como un esfuerzo colectivo.

Para el SAT es relevante formar alianzas institucionales entre las dependencias del Gobierno Federal, como en este caso, los estudiantes de todos los niveles educativos sean parte de una formación de calidad, en la que se reúnan todos los elementos para una futura incorporación a la vida económica y en consecuencia a la formalidad, y sean ellos los contribuyentes que cuenten con las herramientas y los medios idóneos para fortalecer un civismo fiscal bien cimentado.

 

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