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  • Con las medidas de prevención realizan sesión de cabildo ordinario.

Integrantes del Cabildo de Tehuacán aprueban dar cabal cumplimiento al Decreto Federal ante la emergencia de salud pública. Es decir, considerar a la salud como un derecho de orden jurídico nacional, que implica la protección humana a la vida e integridad física.
El reglamento de Protección Civil para el municipio de Tehuacán, Puebla, en sus artículos 3 y 6 establece la obligación de todas las dependencias de la administración pública municipal, así como de los organismos, sectores (sociales y privados) y de cualquier persona que transite en el municipio, el coadyuvar de manera coordinada en la construcción de la protección civil con las autoridades competentes que son: el Gobierno de Tehuacán y el Consejo Municipal de Protección Civil, este último encabezado por la dirección de Protección Civil y Bomberos.
La dirección de Protección Civil y Bomberos deben operar las medidas de prevención, conforme al Programa Municipal de Protección Civil, coordinar operativamente las funciones del Plan Municipal de Contingencia, realizar acciones de inspección, control y/o vigilancia en materia de protección civil, coordinándose con las demás autoridades municipales.
En el reglamento mencionado en su artículo 236, se establece que las sanciones o
infracciones se aplican conjunta o separadamente y consisten en apercibimientos, multas equivalentes a 10 a 5 mil días de salario mínimo, suspensión de obras, actividades, servicios, arrestos administrativos hasta por 36 horas, clausura temporal, parcial o total en caso de no cumplir con las indicaciones u ordenamientos impuestos por la autoridad administrativa municipal.

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