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La Cámara de Diputados aprobó este martes, en lo general y en lo particular, el dictamen que expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República; ahora, pasará al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.

En lo general, se avaló con 341 votos a favor, 119 en contra y una abstención el documento que reglamenta la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General, como un órgano público autónomo, a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación.

En lo particular, se aprobó con 296 votos a favor, 138 en contra y una abstención.

El dictamen señala que el nombramiento del fiscal general se basará en el actual artículo 102 constitucional, que da la facultad al presidente de la República de elegir una terna que pondrá a consideración del Senado.

El documento, remitido por el Senado de la República, señala que entre las funciones de la Fiscalía estará investigar y perseguir delitos; ejercer la acción penal; procurar la reparación del daño en las víctimas; adoptar y, en su caso, promover la adopción de medidas de protección en favor de éstas y de testigos u otros sujetos procesales.

Asimismo, podrá intervenir en el proceso de ejecución penal, en acciones de extradición activa y pasiva, así como en los actos de inconstitucionalidad o controversias constitucionales.

El titular de la Fiscalía General tendrá la facultad de elaborar el Plan de Persecución Penal, en el cual deberá considerar las prioridades nacionales, establecidas en la política criminal.

El órgano contará con cuatro fiscalías especializadas en materia de Derechos Humanos; Delitos Electorales; Combate a la Corrupción y Asuntos Internos. Los titulares serán designados y removidos por el Fiscal General.

El documento detalla que para ser fiscal general los requisitos son: ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener 35 años cumplidos; contar con una antigüedad mínima de 10 años; con título profesional de licenciado en Derecho; no haber sido condenado por delito doloso y gozar de buena reputación (que significa una calidad profesional relevante, honorabilidad, alta calidad técnica, reconocimiento social, independencia y compromiso con valores democráticos).

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